Objetivos de la Delegación
Para el despliegue de las competencias de esta Delegación, está incluido en presupuesto de la Diputación Provincial de Córdoba para el año 2020 existe el programa denominado "PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA DEMOCRÁTICA" identificado con el número 2020 176 332206 cuyos objetivos generales son:
- Contribuir a la optimización de la cooperación y coordinación entre las administraciones públicas andaluzas en materia de Memoria Democrática.
- Promover la participación de la ciudadanía cordobesa en el desarrollo, impulso y concienciación de actuaciones relacionadas con la memoria democrática en nuestra provincia y en Andalucía.
- Contribuir a culminar el proceso de reconocimiento institucional de las víctimas de la guerra civil y del franquismo.
- Facilitar el conocimiento de los hechos y circunstancias acaecidas en ese periodo, asegurando la preservación de los documentos y favoreciendo la investigación y divulgación para su estudio y conocimiento científico.
Las competencias ejercidas por esta institución en el ámbito vienen reforzadas de manera general por la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. En su articulado se recogen diferentes medidas entre las que se citan explícitamente las que van dirigidas a la identificación y localización de victimas que se reflejan en su artículo 12 y las relativas a simbologías y monumentos públicos en el artículo 15. En general en toda esta Ley, se hace referencia a la necesaria colaboración y cooperación entre las Administraciones Públicas.
En el ámbito autonómico existe diferente normativa en referencia a esta necesaria colaboración y al papel activo de las corporaciones locales, en esta materia. Así, las actividades que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza encaminadas a la recuperación de la memoria democrática, están sujetas a lo dispuesto en:
- Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía.
- Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la memoria histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra.
- Decreto 264/2011, de 2 de agosto, por el que se crean y regulan la figura de Lugar de Memoria Histórica de Andalucía y el Catálogo de Lugares de Memoria Histórica de Andalucía.
- Orden de 7 de septiembre de 2009, por la que se aprueba el Protocolo Andaluz de actuaciones en exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Posguerra.
Es de resaltar que la Ley 2/2017, de 28 de marzo, a lo largo de su texto pone ampliamente de manifiesto la necesaria colaboración de la Administración de la Junta de Andalucía con las entidades locales. De este modo, y de forma expresa, se destaca, en su artículo 49, la necesaria colaboración con las entidades locales, con el fin de que ello redunde en la ejecución de lo dispuesto en dicha norma y para la consecución de los objetivos y finalidad de la misma.
Por su parte, el apartado quinto del Protocolo de exhumaciones aprobado por la Orden de 7 de septiembre de 2009, ya mencionada, confiere a las administraciones locales, no solo un papel de colaboración y cooperación, sino que las reconoce como esenciales en el proceso de recuperación de la memoria democrática.